Luego de aprobar la adopción de parejas homosexuales
cuando el hijo fuera biológico de uno de los dos, ayer, enhorabuena, se dio a conocer en un
comunicado de prensa, que la Corte constitucional aprobó mediante sentencia la
adopción sin restricciones de parejas del mismo sexo (ahora sólo deben cumplir
los requisitos de adopción que debe poseer cualquier pareja indiferentemente su
orientación sexual).
Sin duda alguna, esta sentencia marcará la historia, y
generará controversia, ya sea por parte de la Iglesia o de los Conservadores, pero
qué importan ellos, si lo que ha hecho La Corte es hacer una interpretación extensiva
–como debe ser– del derecho a la Igualdad.
No sólo se trata de Igualdad, esta decisión también
abarca una protección al Derecho a la Familia, derecho que durante años
reprimió a las familias homosexuales, lo cual es un absurdo, puesto que en un
Estado donde priman las libertades y la igualdad de las personas, es
inconcebible que el derecho a conformar una familia sea limitado a parejas
heterosexuales sin tener un argumento válido de discriminación homosexual.
Pero lo que realmente me lleva a estar de acuerdo con
esta nueva posición, NO es que se está reglamentando y/o protegiendo el derecho
a adoptar, pues dicho punto es secundario este momento, ya que no se trata de
un derecho fundamental; el verdadero amparo que pretende esta nueva decisión,
es proteger el interés superior del niño, y su fundamental derecho a una
familia.
Eso de que si los niños son adoptados por homoparentales
crecerán con orientación homosexual, es mentira, por no decir «paja»... existen
estudios internacionales realizados por más de 30 años donde se establece que
NO hay diferencia en el crecimiento y desarrollo de un niño que crece en el seno de una
familia homosexual, al que crece en una familia heterosexual; tampoco existe
evidencia científica de afectación en el desempeño escolar. Y si vienen con la
excusa como la del Procurador (manifestada en su Concepto sobre la Ponencia) de que son estudios en el extranjero que
desconocen la realidad sociocultural colombiana, también carece de fundamentos, pues en
este país, aunque en menor medida, existen asimismo estudios científicos
realizados por diversas universidades y el ICBF donde la mayoría concluyen que
no existe afectación en el niño que crece dentro de una familia homoparental
(Ver estudios del ICBF).
En cambio sí afectan al desempeño de un niño,
independiente de la familia dentro de la cual crezca, factores como la pobreza,
violencia intrafamiliar, el alcoholismo o drogadicción de los padres; es por
ello que siguen vigentes los estudios previos que realiza el Bienestar
Familiar, y los parámetros como la idoneidad de los adoptantes, la cual se
seguirá exigiendo a todo tipo de parejas que quieran adoptar.
Es alarmante, el índice de adopciones del país,
pues en 2011 se presentaron 4.107 solicitudes, mientras que en 2014 descendió a
1.150, casi que la cuarta parte, entonces ¿por qué no permitir a parejas
homoparentales adoptar, si de tal forma disminuirían los niños sin familia y
sin afecto?
La Iglesia seguirá pataleando, pero esto es un debate
metajurídico (pues más allá del derecho se debe incluir a la ciencia), la
iglesia se debe dejar por fuera, pues no todos son católicos, y si así fuera,
tampoco la religión puede estar por encima del Estado Social de Derecho el cual
debe garantizar la Convivencia, la Igualdad y en fin, el pleno goce de los
derechos a sus asociados, sin discriminación alguna. Si ya en más de 12 países
se ha aprobado la adopción gay, 4 de ellos latinoamericanos, y no ha generado
consecuencias sociales, ¿por qué el Caso Colombia debe tener un rumbo
diferente?